Todo Riesgo Montaje

Protegemos tu maquinaria,
desde el principio

El Seguro Todo Riesgo Montaje cubre instalaciones industriales, máquinas, aparatos y estructuras metálicas

Podrás elegir entre seis modalidades de cobertura, según cada causal de daño:

  • Cobertura / Amparo “A“: Errores de Montaje

    Errores durante el montaje, impericia, descuido y actos malintencionados de obreros y empleados del asegurado o de extraños. Caída de partes del objeto que se monta, como consecuencia de rotura de cables o cadenas, hundimiento o deslizamiento del equipo de montaje u otros accidentes análogos. Robo, incendio, rayo y explosión. Hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas, cortocircuitos, arcos voltaicos, así como de acción indirecta de la electricidad atmosférica, caída de aviones o parte de ellos. Otros accidentes ocurridos durante el montaje y que no pudieran ser cubiertos bajo los amparos adicionales y, cuando se trate de bienes nuevos, también durante las pruebas de resistencia o de operación.

  • Cobertura / Amparo “B“: Daños por la Naturaleza

    Terremoto, temblor y erupción volcánica.

  • Cobertura / Amparo “C“: Niveles de Agua

    Ciclón, huracán, tempestad, vientos, Inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas, Maremotos y enfangamiento.

  • Cobertura / Amparo “D“: Errores de diseño y defectos

    Siempre que el asegurado sea el fabricante o su representante, se cubren los daños causados por errores de diseño, defectos de construcción, fundición, uso de materiales defectuosos y defectos de mano de obra ocurridos en el taller del fabricante.

  • Cobertura / Amparo “E“: Daños a bienes de terceros

    La Responsabilidad Civil extracontractual en que incurra el asegurado por daños causados a bienes de terceros.

  • Cobertura / Amparo “F”: Responsabilidad Civil por lesión y/o muerte

    La Responsabilidad Civil Extracontractual por lesiones y/o muertes de terceras personas quedan excluidas las reclamaciones por accidentes ocurridos a empleados o trabajadores del Asegurado.

  • Cobertura / Amparo “G“: Gastos por remoción de escombros

    Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrido un siniestro amparado bajo la presente cobertura.

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